Desde enero de 2018 entró en vigor la facturación 3.3 y actualmente es la única valida. Al emitir una factura, ésta debe de estar estructurada conforme la versión 4.0 Esta versión es obligatoria para todas las personas físicas y morales e incluye nuevos cambios.
Si el timbre o sello no está colocado debidamente en el CFDI, éste no podrá ser deducible. Al no ser deducible, los impuestos para el contribuyente serán mayores.
Asimismo, puede que la información contenida en el CFDI no sea la correcta. Esto es considerado como delito fiscal y los castigos pueden ir desde multas e incluso la cárcel. También existe la posibilidad de que la información haya sido falsificada o que haya datos incompletos.
Más allá de los castigos que puedan aplicar, la validación de los CFDI’s para personas físicas y morales es una obligación que tiene que cumplirse ante el SAT y que está establecida en el Código Fiscal de la Federación (CFF).